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Servicios

Visas de empleo, negocios e inversionistas

Ocupaciones especializadas H-1B


La visa H1B es una visa de no inmigrante que permite a las empresas estadounidenses emplear trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas que requieren experiencia teórica o técnica en campos especializados como arquitectura, ingeniería, matemáticas, ciencias y medicina. Esta visa podría permitirle trabajar en los EE. UU. Por un período de tiempo temporal y específico. La visa H-1B requiere una oferta de trabajo de un empleador de los EE. UU. Para un puesto en una "ocupación especializada". Las ocupaciones especializadas incluyen posiciones en los campos de informática, fisioterapia, odontología, arquitectura, ingeniería, matemáticas, ciencias físicas, ciencias sociales, medicina, especialidades comerciales, contabilidad, derecho, docencia y otras. El estado H-1B está disponible por un total de seis años. Leer más aquí.

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Personas transferidas dentro de la empresa L-1

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La visa L-1 es una gran opción para muchas situaciones. Esta visa permite a las empresas transferir ejecutivos, gerentes o empleados con conocimientos especializados a la oficina, subsidiaria o afiliada de la empresa en los EE. UU. El L-1 incluso se puede utilizar para abrir una nueva oficina en los Estados Unidos. El empleado que se transfiere debe cumplir con ciertos requisitos mínimos para calificar. Deben haber estado empleados durante más de un año en los tres años anteriores como ejecutivo, gerente o empleado de conocimiento especializado, y venir a los EE. UU. Para trabajar en una capacidad ejecutiva, gerencial o de conocimiento especializado. El trabajo no tiene por qué implicar el mismo trabajo en los Estados Unidos que él o ella estaba haciendo en el extranjero. Los ejecutivos y gerentes (L-1A) son elegibles para permanecer en los EE. UU. Hasta por siete años. Los empleados con conocimientos especializados (L-1B) son elegibles para permanecer en los EE. UU. Hasta por cinco años.


Visas de inversión y tratados E-1 / E-2

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Ciertos tratados permiten que ciudadanos extranjeros vengan a los Estados Unidos para desarrollar y dirigir una inversión en los Estados Unidos o para realizar comercio con los Estados Unidos. Un comerciante de tratado debe realizar un comercio "sustancial" entre el país del tratado y los Estados Unidos. Un inversionista de tratado debe realizar una inversión "sustancial" en los Estados Unidos. No hay límite en el período de permanencia en la condición de inversionista o comerciante por tratado, siempre que continúe la inversión o el comercio.

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E-3 Profesionales de tratados australianos


La visa E-3 es para profesionales de Australia que tienen una oferta de trabajo en una ocupación especializada de un empleador estadounidense. El empleador estadounidense debe pagar el salario vigente.

 

 

Trabajadores con habilidades extraordinarias O-1


Una visa común para músicos e intérpretes, de los cuales hay numerosos en el área de Nashville, esta via es para ciudadanos extranjeros con habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, como lo demuestra la aclamación nacional o internacional sostenida. Estas personas deben poder demostrar su reconocimiento, logros y reputación. Deben continuar trabajando en su área de habilidad extraordinaria en los EE. UU., Pero su trabajo en los EE. UU. No tiene que estar a un nivel que requiera una habilidad extraordinaria.

 

Trabajadores religiosos R-1


Un ciudadano extranjero que durante los dos años anteriores haya sido miembro de una denominación religiosa que tenga una organización religiosa genuina sin fines de lucro en los EE. UU. Puede trabajar para la organización religiosa en los EE. UU. Como ministro, o profesional o trabajador religioso. La clasificación R-1 está disponible por hasta 5 años.

 

 

Profesionales TN NAFTA


Según el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), los ciudadanos de Canadá y México pueden venir a los EE. UU. Para participar en "actividades comerciales a nivel profesional" para una entidad estadounidense. Los profesionales elegibles se enumeran en el tratado NAFTA e incluyen contadores, ingenieros, diseñadores gráficos, gerentes de hoteles, abogados, consultores de gestión, dietistas, terapeutas ocupacionales, farmacéuticos, médicos, enfermeras, biólogos, meteorólogos, físicos o maestros.

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